TC llama a gobierno a corregir “omisiones” en Ley de Isapres
Sentencia del Tribunal Constitucional reiteró la solicitud que la misma entidad hizo en 2010. Abogados expertos en salud prevén una posible alza de los reclamos.
Fuente: La TerceraPublicado el 07 de septiembre de 2018.La reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que declaró la inaplicabilidad de la tabla de factores de riesgo en el caso particular de una afiliada de isapre y su hijo, por ser inconstitucional, también reiteró un llamado hecho por la misma instancia en 2010. En aquella oportunidad se pidió, tanto al Poder Legislativo como al Ejecutivo, generar nuevos mecanismos de elaboración y fijación de factores de riesgo. Igual solicitud que se efectuó ahora, en orden a darle un cabal cumplimiento al fallo.
En 2010 se derogaron cuatro numerales de la normativa relacionados directamente al mecanismo de elaboración de la tabla de factores de riesgo, basados en sexo y edad, por ser inconstitucionales y discriminatorios. Sin embargo, se dejaron otros artículos vigentes, respecto de la aplicación de la misma.
Asimismo, se indicó que para dar “cabal cumplimiento a lo resuelto en este fallo”, los cambios respecto de “la determinación de la estructura de las tablas de factores y la fijación de los factores de cada una de ellas deberán ajustarse a lo que establezcan, en uso de sus facultades, los órganos colegisladores”. Es decir, el Congreso y el Ejecutivo.
Sin embargo, tras ocho años de aquel dictamen y luego de diversas comisiones asesoras presidenciales que han propuesto modificaciones al sistema de Isapres, a la fecha no existen modificaciones legales que hayan permitido prescindir del uso de la tabla de factores de riesgo. Así lo destacó el TC en la sentencia conocida el miércoles pasado, donde estableció que “es un hecho de que no se ha salvado la omisión resultante de la derogación de las mencionadas normas”.
A partir de la argumentación, el TC insistió en que esa omisión ha permitido el uso de la tabla, siendo que el origen de la misma fue declarado inconstitucional.
Incluso, se basó en ese argumento para declarar inaplicable por inconstitucional el artículo 199 del DFL N° 1 del Ministerio de Salud, en el caso particular de la abogada María del Pilar Juárez y su hijo con la isapre Colmena, que aplicó la tabla para el ingreso de un recién nacido.
Ese artículo no fue derogado en 2010 por el TC y ha permitido, junto a la interpretación que han hecho tanto las isapres como la Superintendencia de Salud de las normas que quedaron vigentes, aplicar dicho mecanismo.
Consultado respecto de los alcances del fallo del TC en la reforma al sistema de salud privado, que trabaja el gobierno, el ministro de Salud, Emilio Santelices, indicó que “estamos en una etapa avanzada del proyecto para la nueva Ley de Isapres, y en este diseño la tabla de factores no forma parte del diseño”, dijo a CNN.
Alcances del fallo
Según algunos expertos en salud, el reciente fallo del TC puede abrir diferentes aristas. Una de ellas tiene relación con uno de los argumentos entregados respecto de un doble cobro en el caso de los menores de dos años, aplicando factor de riesgo, y además el cobro de la prima Ges.
En la sentencia se especifica que los riesgos “en los menores de dos años están cubiertos por este tipo de política (Plan Ges)”, y no debieran estar incluidos como factor de riesgo. Se agrega que “el título de cobro que la isapre tiene respecto de los beneficiarios recién nacidos no puede provenir de dos fuentes”.
El abogado de temas de salud, Eduardo Fernández, de la oficina Tagle y Fernández Asociados, estima que es poco probable que se produzca una judicialización similar a la que existe actualmente, en que afiliados presentan recursos de protección para frenar el reajuste del precio base de sus planes. “Es más factible que se produzca un incremento en los reclamos que recibe la
Superintendencia de Salud, para la no aplicación de la tabla de factores en los casos de menores de dos años”.
Entre 2017 y lo que va de 2018, la Superintendencia de Salud resolvió 1.694 reclamos por cambios de tramos edad; el 45% de ellos fue fallado a favor del afiliado.
Según Fernández, ese número de reclamos podría aumentar, ya que, según datos de la Superintendencia de Salud, las isapres registraron 128.249 niños menores de dos años como carga del cotizante.
El abogado Esteban Arévalo, en tanto, indicó que “si se presentan suficientes acciones de inaplicabilidad, el TC de oficio podría dejar sin efecto estas normas, como lo hizo en 2010 con parte de las normas de tablas de factores”.
Victoria Beaumont, gerenta general de Altura Management, sostuvo que el fallo es una fuerte presión al Ejecutivo para que presente un proyecto de ley de reforma a las isapres. “El fallo consolida el profundo cambio institucional que está viviendo nuestro país, en el cual, una multiplicidad de actores públicos modifican las reglas del juego según sus propios criterios y competencias, generando un espacio de incerteza jurídica para las empresas”, dijo la profesional.
Fuente: La Tercera
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