Aumento del salario mínimo: 23.400 MiPyme solicitaron subsidio estatal en primeras 17 horas
El balance entregado por el director del SII se traduce en que los empleadores de 73 mil trabajadores ya han ingresado el requerimiento, lo que implican transferencias de $ 3.200 millones.
Fuente: DFPublicado el 15 de junio de 2022.Desde la medianoche de este martes, las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyme) pueden solicitar el subsidio que entregará el gobierno para que las firmas de menor tamaño puedan pagar un salario mínimo de $ 380 mil, el primer paso con miras a subirlo a $ 400 mil en agosto, y a $ 500 mil para fines del gobierno.
En las primeras 17 horas en las que la postulación ha estado vigente, 23.400 MiPyme ingresaron un requerimiento para recibir el aporte, lo que se traduce en 73 mil trabajadores beneficiados, según datos actualizados por el Servicio de Impuestos Internos (SII). Esto se cuantifica en $ 3.200 millones en aportes fiscales, lo que se desglosa en el subsidio de mayo y junio, ya que el beneficio es retroactivo desde el quinto mes del año.
"El proceso está funcionando de forma muy fluida", destacó Hernán Frigolett, director del servicio que recibe las postulaciones, quien hizo un llamado a las empresas a entrar a la página del SII y procesar su solicitud. Además, recordó que la postulación se realiza una sola vez y que el sistema va actualizándose automáticamente, lo que también aplica si las firmas contratan nuevos trabajadores.
El ministro de Economía, Nicolás Grau, recordó que nunca había existido un subsidio a las empresas en el marco de un aumento salarial. Puntualizó que la medida busca ayudar a las firmas a cubrir el alza del salario mínimo, "de manera tal que se cumpla uno de los compromisos más importantes del presidente Boric: las mejoras en la calidad de vida de las y los trabajadores no sean a costa de las empresas de menor tamaño".
¿Cómo funciona la medida?
El beneficio aplica para las empresas de menor tamaño, pero también para cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (fundaciones u otras) y comunidades. El aporte no está sujeto a impuestos, retenciones o embargos, y es variable. Esto significa que el subsidio final que recibirá cada MiPyme se calculará mes a mes, en base a la información entregada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) al SII, sobre el número de trabajadoras y trabajadores y sus ingresos, con un desfase cercano a los dos meses.
Dado que la solicitud se realiza una única vez y tiene carácter retroactivo, el resto de los meses el subsidio se calculará de manera automática y se depositará en la cuenta registrada por la empresa hasta el último día hábil del mes.
Además, al momento de solicitar el beneficio las MiPyme sabrán instantáneamente si accederán o no al beneficio, de acuerdo con las condiciones establecidas en la ley, además del monto a recibir. Desde el ministerio se recordó que el apoyo es temporal, ya que se entregará hasta abril de 2023, si se cumplen con las condiciones legales para ello.
Entre mayo y julio de este año, el monto del subsidio será de $ 22 mil por trabajador cada mes, para ayudar a pagar un sueldo mínimo de $ 380 mil. Luego, entre agosto de este año y abril de 2023, el apoyo sube a $ 26 mil, a menos que la inflación anual supere el 7% en enero: en ese caso, desde dicho mes y hasta abril, el aporte será de $ 32 mil.
Si las MiPyme cumplen con las condiciones establecidas, recibirán el subsidio 15 días después de aceptada la primera solicitud. En los siguientes meses y hasta abril de 2023, el beneficio se depositará automáticamente, hasta el último día de cada mes.
Pueden acceder al beneficio las firmas que tengan ventas o servicios del giro superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en 2021, que cuenten con uno o más trabajadoras o trabajadores con sueldo mínimo, de acuerdo con el periodo contemplado en la Ley N° 21.456, y que sean persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022.
Las empresas que inicien actividades desde el 1 de agosto de este año podrán acceder al subsidio en el caso que el sueldo mínimo aumente a $410.000 (con IPC de 7%), entre enero y abril de 2023.
Fuente: DF
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