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Protección del empleo: mixta despacha ley corta y prohíbe suspender contrato a trabajadoras con fuero

Indicación fue presentada por la diputada Gael Yeomans y la senadora Adriana Muñoz. La idea es evitar lo que ocurrió en la firma Starbucks.

Fuente: Diario FinancieroPublicado el 30 de abril de 2020.

Una intensa sesión tuvo ayer la comisión mixta que se formó para resolver las discrepancias entre el Senado y la Cámara de Diputados respecto del proyecto que perfecciona la Ley de protección del empleo.

Si bien la instancia estaba convocada para sesionar entre las 14 y 16 horas, finalmente los parlamentarios debatieron e intercambiaron opiniones por más de cinco horas respecto a la propuesta legal.

A lo aprobado el martes -como la prohibición de repartir dividendos a accionistas en aquellas empresas que se acojan a los beneficios de la norma-, ayer se sumó el visto bueno a las indicaciones del presentada por el Ejecutivo.

La primera de ellas decía relación con las cotizaciones que deben pagar las empresas que se acojan a la norma.

En este punto, diputados y senadores terminaron por respaldar la propuesta del Gobierno en cuanto a que las cotizaciones a pagar "se calcularán sobre el 100% por ciento de las prestaciones establecidas en este título para las cotizaciones de pensión (...) y sobre la última remuneración mensual percibida, para el resto de las cotizaciones de seguridad social y salud".

Sobre este tema se había generado toda una polémica entre ambas corporaciones, ya que en el Senado inicialmente se había aprobado que para las cotizaciones de seguridad social el cálculo del pago se haría sobre la base del 100% del sueldo que percibe el trabajador y para la cotización previsional se pagaría respecto del 50%, algo con lo que los diputados discreparon rápidamente.

Otro ajuste

Otra indicación que se aprobó, pero que sin embargo no era del Ejecutivo, fue la presentada por la diputada Gael Yeomans y la senadora Adriana Muñoz, la cual tenía por finalidad proteger a las trabajadoras embarazadas.

Así, se aprobó prohibir que las empresas puedan suspender la relación laboral a aquellas mujeres que se encuentren gozando del fuero laboral a que hace referencia el artículo 201 del Código del Trabajo.

Esta indicación tuvo su origen a raíz de la polémica que involucra a la firma cafetera Starbucks, la cual recientemente fue llevada a la justicia por un grupo de 16 trabajadoras a las que la firma suspendió el contrato de trabajo estando con fuero.

"Esto evitará abusos vergonzosos como los denunciados por el Sindicato de Starbucks", celebró Yeomans.

En este contexto, la titular de Trabajo, María José Zaldívar, aprovechó de recalcar que más allá de lo establecido en la norma en discusión, el Código del Trabajo protege a las personas con fuero. "No se puede despedir a nadie que tenga fuero", recalcó la secretaria de Estado.

En la cita se aprobaron algunos criterios para limitar qué firmas pueden acogerse a los beneficios de la norma, los requisitos para algunas zonas determinadas, entre otras materias.

Ahora el informe de la comisión mixta debe ser respaldado por las salas de ambas corporaciones.

Fuente: Diario Financiero

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