Contraloría aprobó normativa para la importación directa de todo tipo de medicamentos
Sustituye legislación actual, que sólo permite el ingreso de fármacos no registrados o sin stock.
Fuente: Diario FinancieroPublicado el 18 de diciembre de 2019.La reforma que permite la importación directa de todo tipo de fármacos por parte de personas naturales -uno de los principales puntos del Plan Nacional de Medicamentos- quedó en condiciones de entrar en vigor, luego de su toma de razón por parte de la Contraloría General de la República.
La medida amplia significativamente el acceso a productos disponibles en el extranjero en relación al marco actual, que sólo permite importar de manera directa para uso personal medicamentos de los cuales no existe stock o bien no están registrados en Chile, proceso de carácter excepcional que funciona a partir de la presentación de la receta médica respectiva al Instituto de Salud Pública (ISP).
"Dentro de la búsqueda de las medidas administrativas para avanzar en soluciones a los problemas en este ámbito, el Contralor General de la República autorizó y despachó el decreto del Presidente de la República que permite la importación directa de medicamentos", indicó ayer el ministro de Salud, Jaime Mañalich, en la Comisión de Salud del Senado. En la oportunidad, destacó que la próxima entrada en vigor de esta medida implicará un "levantamiento de barreras formidable", indicando que el sólo anuncio de este cambio al sistema "ya ha multiplicado prácticamente por 20 de solicitudes que llegan a ISP".
Previamente, se había cursado un total de 8.321 solicitudes de importación de fármacos hasta el mes pasado -contra 7.767 al cierre de 2018- de acuerdo a la información del ISP, organismo que especificó entre las enfermedades que han dado origen a la mayor cantidad de trámites de importación están la patologías pulmonares, epilepsia y cáncer, debido al alto valor de los fármacos respectivos en el mercado local.
Una vez recibida la solicitud, el ISP tiene un plazo máximo de 48 horas para dar una respuesta que permita validar el proceso
Esta reforma permitirá a toda persona que necesite un medicamento que pueda importarlo directamente si lo cree conveniente por "uso medicinal urgente derivado de situaciones de desabastecimiento o inaccesibilidad, que afecten a las personas consideradas colectivamente", según se establece en la modificación del artículo 21 del Decreto N° 3 del Minsal de 2010.
Otro aspecto central se refiere a las facultades del ISP, señalando que "el instituto podrá generar un listado de medicamentos preaprobados para su importación. Formarán parte de dicho listado aquellos medicamentos en los que conste la autorización de comercialización por parte del país del que se importa", indica el decreto.
Uno de los puntos por definir es el aumento del límite máximo de la importación de medicamentos que actualmente está fijado en un monto de US$ 500, y sobre el cual debe pagar la tasa de aduana y el IVA (19%)
En paralelo, el gobierno está trabajando en la modalidad de importación de medicamentos por parte de personas jurídicas, la cual entrará en vigor a través del proyecto de ley que fortalece a Cenabast, entidad que estará cargo de la intermediación de estas solicitudes.
Fuente: Diario Financiero
Galería de Imágenes
Categorías asociadas
La Seguridad Social en Chile: Salud