Reforma laboral a cinco voces: los nudos, los avances y el reto de los nuevos temas en carpeta
El primero, que un año aún es poco para una evaluación categórica; y lo segundo, que urge incluir nuevas materias en la legislación laboral, como flexibilidad, calidad de empleo y participación femenina.
Fuente: Diario FinancieroPublicado el 09 de abril de 2018.Recientemente la Ley 20.940, conocida como reforma laboral, cumplió su primer año de vida. Se trató de unos ajetreados doce meses que cerraron con poco más de 1.700 negociaciones colectivas y varias críticas empresariales.
Para evaluar este aniversario, la Fundación Carlos Vial Espantoso y Diario Financiero reunieron a varias voces del mundo laboral para debatir sobre los cambios y consecuencias que trajo consigo la nueva norma al momento en que las partes se sientan a negociar.
Esta instancia de diálogo contó con la presencia de Joaquín Villarino, presidente del Consejo Minero; Andrea Tokman, economista jefe del Grupo Quiñenco e integrante del Consejo Superior Laboral del Ministerio del Trabajo; Ariel Rossel, abogado laboral y exjefe legislativo de la citada cartera; Andrés Allende, director de comunicaciones de la Federación de Sindicatos de Banco Santander; y la presidenta ejecutiva de la Fundación Carlos Vial Espantoso, Isabel Vial. ¿Hubo punto de acuerdo? Sí.
El primero, que un año aún es poco para una evaluación categórica; y lo segundo, que urge incluir nuevas materias en la legislación laboral, como flexibilidad, calidad de empleo y participación femenina.
Nueva negociación por servicios mínimos: ¿Aporte o problema?
Uno de los cambios que trajo consigo la nueva legislación laboral fue la figura de los servicios mínimos. Materia regulada por la Dirección del Trabajo, se refiere a aquellas funciones que deben ser atendidas durante el desarrollo de una eventual huelga cuando resultan estrictamente necesarias para proteger los bienes y prevenir accidentes al interior de una empresa; garantizar la prestación de servicios de utilidad pública o de necesidades básicas de la población, y garantizar la prevención de daños ambientales o sanitarios.
Este nuevo concepto ha generado debate y, de hecho, algunos actores aseguran que es necesario perfeccionar debido a la judicialización que ha generado.
"Ha habido posiciones contradictorias en la Dirección del Trabajo como en la Corte de Apelaciones, que han tenido fallos contradictorios que lo que hacen es introducir incertidumbre", criticó el presidente del Consejo Minero, Joaquín Villarino.
El representante minero sostuvo que "hoy existen motivos de judicialización y de conflicto innecesarios en este tema".
Una visión distinta a la que expuso el exjefe legislativo del Ministerio del Trabajo, Ariel Rossel, para quien los casos de judicialización "son los menos".
Un punto compartido por la economista jefe del Grupo Quiñenco, Andrea Tokman, quien agregó que "quienes llegaron a judicializar los servicios mínimos son los que tienen los recursos para haber contratado a los abogados".
Sin embargo, a juicio de Tokman la sugerencia principal es hacer aún más vinculantes los informes de los organismos técnicos. Pese a esto, aseguró que los servicios mínimos "han logrado algo importante: han puesto en la mesa la idea que la huelga tiene que doler (...) no puedo seguir funcionando una empresa como si nada".
Para Andrés Allende, de la Federación de Sindicatos de Santander, los servicios mínimos limitan el derecho a la huelga, pero es "fundamental tenerlos considerando que la empresa en sí somos todos, y debe seguir funcionando".
¿Se deben legislar los grupos negociadores? El convidado de piedra
Cuando la reforma laboral pasó por el Tribunal Constitucional en 2016, esta entidad suprimió la titularidad sindical del proyecto y, de paso, reconoció la existencia de los grupos negociadores. Sin embargo, no se pronunció sobre si podían o no negociar ni bajo qué procedimiento podía hacerlo.
A juicio de Joaquín Villarino, "el tema debe tener una solución definitiva, porque las resoluciones de la DT han sido confusas. La actual DT y gobierno tienen un espacio, porque los grupos negociadores están en territorio de nadie".
Sin embargo, el ex jefe legislativo de Trabajo, Ariel Rossel reniega de tal posibilidad. "El TC no es legislador así que no puede escribir nada, el único que puede escribir algo en materia de legislación es el Congreso Nacional. Si el Tribunal Constitucional no pudo, la DT mucho menos. La Dirección del Trabajo no puede, en rigor, decir nada más sobre los grupos negociadores. No hay espacio técnico para hacerlo".
En esa línea, Rossel recalcó que en caso de que se decida legislar la materia, eso generaría más problemas al interior de una firma. "Si uno llega a tomar bien en serio y bien al pie de la letra lo que dijo el TC y eso pudiese hacerse y conciliarse con la actual Ley, uno debería decir que un grupo negociador de dos personas tiene derecho a huelga cuando se le dé la gana, porque no tiene reglas".
Desde la Fundación Carlos Vial Espantoso, Isabel Vial apoya la necesidad de legislar, ya que tras el paso de la reforma por el TC se eliminó la titularidad sindical.
Desde el mundo de los trabajadores, Andrés Allende aportó que "el grupo negociador se crea solamente para el tema de la negociación colectiva y después se disuelve, por lo cual no genera tanta representatividad".
Una mirada de la cual se hace de alguna forma eco la economista Andrea Tokman, para quien esta figura de grupos negociadores se da poco.
De hecho, desde su perspectiva es necesario avanzar en otras temáticas laboral.
Fuente: DF
Galería de Imágenes
Categorías asociadas
La Seguridad Social en Chile: Empleabilidad