DT zanja discusión y declara ilegal la automatización para reemplazo en huelga
Esperado dictamen del fiscalizador sobre uno de los puntos grises de la Reforma Laboral aclara que el uso de medios tecnológicos sería una práctica desleal para el empleador en medio de una negociación colectiva. CPC critica pronunciamiento.
Fuente: PulsoPublicado el 25 de enero de 2018.La interrogante de si el uso de sistemas automatizados durante una huelga puede ser considerado como reemplazo llegó a su fin. Al menos para el saliente Gobierno.
La Dirección del Trabajo (DT) emitió un dictamen que calificó como ilícito el uso de sistemas automatizados o electrónicos para reemplazar las labores de trabajadores que se encuentra en una huelga legal. Esto, a partir de la consulta enviada a la entidad por el diputado RN y futuro ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg.
El dictamen de la DT si bien reconoce la facultad administrativa de la empresa de utilizar sistemas mecánicos o electrónicos aplicados a un proceso productivo sustituyendo la operación humana con el objetivo de mejorar la productividad, aclaró que esta decisión debe estar asociada a una estrategia productiva estructural y no coyuntural.
Asimismo, el organismo estimó que esta potestad empresarial tiene como limite la afectación del ejercicio de los derechos fundamentales de los trabajadores, como es el derecho a huelga. "En efecto, la utilización por parte de la empresa de un sistema automatizado, sea propio o externalizado, con ocasión de la huelga y por tanto, como respuesta a ella, y cuyo resultado sea eludir o mitigar sus naturales efectos, configuraría una conducta contraria a derecho desde que tal medida empresarial incumple las condiciones que impone la ley,", dice el pronunciamiento.
El dictamen incluso va más allá del período de paro de los trabajadores, al señalar que "la conducta vulneratoria podría configurarse incorporando, ante la inminencia de la huelga o durante su curso, una nueva tecnología automatizada destinada a ejecutar la función realizada normalmente por los trabajadores movilizados, como también redoblando el rendimiento del sistema automático ya instalado en la empresa o extendíéndolo a operaciones no habituales".
El organismo estima que la utilización de sistemas automatizados en la forma anteriormente señalada podría ser entendida como una transgresión a la buena fe que tanto trabajador como empleador deben tener durante el proceso de negociación colectiva. Asimismo, podría configurar una práctica desleal sancionable.
Incluso, la DT recordó el caso de la empresa de monitoreo y análisis de medios informativos Litoral Press, en que "se constató, por esta Dirección, que trabajadores no huelguistas desempeñaron funciones no habituales y que correspondían a trabajadores en huelga, utilizando medios tecnológicos. Como se aprecia, la cuestión que delimitó la decisión sobre la ocurrencia del ilícito fueron las circunstancias fácticas ligadas con trabajadores que materializaron el reemplazo, por lo que, en definitiva. se trataba de un problema de reemplazo interno".
El director del Trabajo, Christian Melis dice que el dictamen "no cuestiona los medios tecnológicos en sí mismo. Otra cosa es que esos medios sean utilizados por el empleador como respuesta a la huelga". Añade que "quien asuma el rol de director del Trabajo (en el próximo gobierno) tiene la facultad de reinterpretar, modificar o mantener el dictamen, pero lo que uno pediría es que el análisis siempre fuese sobre una consideración técnico jurídico, no sobre otro tipo de consideraciones".
Para el presidente subrogante de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), Manuel Melero, no habría que relacionar la temporalidad del uso de un sistema automatizado dentro de la empresa a su licitud o ilegalidad. "El derecho a la huelga existe y el derecho al empleador a hacer todas las adecuaciones al interior de su organización también", dice. Agrega, "qué es ese período anterior o inminente a una huelga" que menciona el dictamen. "De cuánto tiempo estamos hablando", dice.
Precisa que si constatara que fue un acto doloso del empleador, porque después de la huelga dejó de utilizar los sistemas automatizados para volver a los trabajadores existen fuertes sanciones de prácticas antisindicales.
Fuente: Pulso
Galería de Imágenes
Categorías asociadas
La Seguridad Social en Chile: Empleabilidad