SBIF pone en consulta normativa clave para implementar prepago
Las circulares establecen los modelos de fiscalización de emisores y operadores. Los documentos estarán en consulta hasta el 8 de septiembre
Fuente: PulsoPublicado el 08 de agosto de 2017.La emisión de tarjetas de prepago quedó ayer ad portas de ser una realidad. Esto, luego de que la Superintendencia de Bancos (SBIF) pusiera en consulta la normativa encargada de fiscalizar a emisores y operadores. Las normas permanecerán en consulta pública hasta el 8 de septiembre de 2017.
El Banco Central emitió la normativa definitiva a fines de junio pasado. Por lo mismo, las tres circulares y el nuevo capítulo de la Recopilación Actualizada de Normas (RAN) publicadas por la SBIF eran las últimas regulaciones que se necesitaban para que los interesados pudieran emitir los plásticos.
Junto con ello, los textos precisan las responsabilidades, los resguardos operacionales y las medidas de seguridad que deben ser considerados por todos los emisores y operadores de tarjetas de pago, junto a otras directrices específicas sobre la materia que complementan la gestión del riesgo operacional, relativos a la externalización de servicios y continuidad de negocios.
De hecho, en el RAN se detalla que los contratos que celebren los emisores con los establecimientos afiliados deben establecer los procedimientos y mecanismos de conciliación y validación de las transacciones; medidas de seguridad para precaver el uso indebido de la tarjeta y para cautelar la integridad y certeza de las transacciones; y la responsabilidad económica que le cabe a cada parte ante el uso indebido de las tarjetas o por los eventuales errores que pudiesen existir en la validación de las transacciones.
Respecto a los contratos en los que kis bancos encarguen la administración de sus tarjetas a un operador, se deberá establecer la responsabilidad de éste último respecto a la continuidad de los servicios contratados, así como los procedimientos de contingencia y eventuales compensaciones. Además, se tendrá que detallar la responsabilidad de la empresa operadora para cautelar la seguridad y el oportuno procesamiento y validación de las transacciones.
Según la ley, los bancos, cooperativas, sociedades anónimas especiales de giro exclusivo, filiales de cajas de compensación, y el Metro podrán emitir tarjetas con provisión de fondos.
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