Nuevo dictamen de la DT refuerza principio de buena fe en negociación colectiva
Tercer pronunciamiento del ente sobre aplicación de la Reforma Laboral restringiría estrategias de negociación y amplía espacio de prácticas desleales. Aún restan seis dictámenes
Fuente: PulsoPublicado el 02 de diciembre de 2016.Faltando cuatro meses para que comience a regir la Reforma Laboral, la Dirección del Trabajo (DT) ayer publicó su tercer dictamen interpretativo sobre la aplicación de la nueva legislación.
Se trata del pronunciamiento sobre reglas básicas del procedimiento de negociación colectiva, que sigue a los ya emitidos respecto de normas generales del nuevo texto legal y acerca de servicios mínimos.
Uno de los puntos que sobresale en el dictamen y que enfatiza la DT es el principio de buena fe que debe regir toda negociación. Es decir, cumplir obligaciones y plazos previstos y no obstaculizar las opciones de entendimiento, actitud esta última que será considerada una práctica desleal.
"La buena fe se traducirá, en este caso, en el hecho que las partes concurran a las distintas instancias de negociación con perspectiva abierta, seria y razonablemente dispuestas a alcanzar una solución justa y consensuada", señala uno de los párrafos del texto interpretativo.
Cabe indicar que con la Reforma Laboral es primera vez que se deja expreso en el Código del Trabajo el principio de buena fe. Antes estaba consagrado en el Código Civil.
Para el experto laboral y asesor sindical, Juan Vergara, la introducción del concepto de buena fe, que refuerza el dictamen de la DT, "va a dar espacio para suspicacias entre los actores. Cualquier maniobra podría ser considerada un obstáculo para la negociación y eventualmente puede generar estrategias de negociación dilatorias o basadas en retrasar la huelga".
Vergara agrega que como efecto de lo anterior, las partes adoptarán "restricción en las estrategias de negociación colectiva".
La DT también recuerda que el ámbito de aplicación de la negociación colectiva serán las empresas privadas y las estatales donde no esté prohibido hacerlo.
Además, se destaca que la nueva negociación colectiva reduce el número de trabajadores impedidos de hacerlo, limitándolos a aquellos con facultades de representación y administración. En las micro y pequeñas empresas, solo lo serán quienes ejerzan un cargo superior de mando y sean de confianza del empleador. Para ser admitidas, estas exclusiones deberán registrarse en los contratos individuales de trabajo.
También señala que habrá amplia libertad y autonomía para acordar temas más allá de la organización clásica del trabajo. Por ejemplo, conciliación con la vida familiar, equidad de género, capacitación en reconversión productiva y mecanismos de solución de controversias, entre otros. Otra expresión de ello son los pactos sobre condiciones especiales de trabajo, como las jornadas semanales 4x3, jornadas dentro y fuera de la empresa por razones familiares. Precisa que ello será factible de acordar en empresas con una tasa de sindicalización mayor al 30%.
En cuanto a detalles de procedimiento, se precisa que la negociación colectiva constará de cuatro etapas: inicio y oportunidad de presentación del proyecto, respuesta, impugnaciones y reclamaciones y negociaciones directas. Contiene plazos de presentación y respuesta, posibilidades de afiliación sindical de nuevos trabajadores durante su transcurso, pisos mínimos de negociación y establece que, en el caso de la negociación reglada, los proyectos suscritos no podrán tener una vigencia inferior a dos años ni superior a tres. La negociación no reglada obliga a un contrato cuya duración no debe exceder de los tres años.
La DT informó que próximamente se publicará un cuarto dictamen respecto del derecho de los sindicatos a contar con información sobre la situación global de la empresa durante el proceso de negociación colectiva. Posteriormente habrá otros cinco pronunciamientos interpretativos de la nueva ley, donde destacan huelga y extensión de beneficios.
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