Comunidad mujer llama a reconocer la parentalidad
La entidad propone modificar el Art. 203 del Código del Trabajo, para que el padre también opte al derecho de sala cuna y así evitar discriminación laboral hacia las madres.
Fuente: Diario FinancieroPublicado el 06 de septiembre de 2016.Comunidad Mujer, organización sin fines de lucro lanzó el estudio "Género, Educación y Trabajo", el cual concluyó que la participación laboral femenina, entre los 25 y 59 años, creció 26 puntos porcentuales en Chile, desde 1990 hasta 2016 (40% a 66%).
Alejandra Sepúlveda, directora ejecutiva de la entidad, comenta que si bien es un avance importante, se debe a que se partió de un "piso" mínimo y que la cifra actual continúa siendo baja en relación al promedio de los países de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos), que cuentan con entre 70% y 80% de mujeres ocupadas en el mismo tramo etario.
Respecto de los salarios, Sepúlveda afirma que existe una brecha salarial promedio de 30%, según la última publicación de la NESI (Nueva Encuesta Suplementaria de Ingresos) del INE y "que además se caracteriza por tener su expresión más alta entre las mujeres que tienen mayor nivel educacional o educación de postgrado", recalca.
Añade que Chile también muestra desventaja respecto a sus vecinos en la toma de decisiones. "Solo 6% de las mujeres participa en directorios de empresas del Ipsa, -las más transadas en la Bolsa- y un 12% es gerenta de primera línea", comenta.
¿Las causas? Son variadas, afirma, pero las principales se asocian a una cultura conservadora, donde los hombres no asumen las labores del hogar -vinculadas esencialmente al cuidado de los hijos- y a un Código Laboral que data del siglo pasado (1930) y que todavía asigna el derecho y el deber exclusivo de criar a los hijos sólo a las madres.
Buscando cambiar este último punto, Comunidad Mujer recientemente entregó a la Subsecretaría del Trabajo una propuesta para reformar la normativa, particularmente el Art. 203 del Código del Trabajo, que tiene que ver con exigirle a las compañías de 20 trabajadoras o más pagar la sala cuna para sus hijos menores de dos años.
"Si esa normativa fuera para todos los trabajadores, el empleador tendría que contratar a quienes necesite para ejercer su función y ahí no podría discriminar, pero como está hoy, representa una merma en los contratos y en los salarios de las mujeres", explica Paula Poblete, directora de Estudios de la organización.
La ejecutiva destaca que la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), en su último informe de medidas para aumentar la productividad del país, incluyó suprimir el Art. 203 para fomentar la ocupación femenina. "Hay una utilidad macroeconómica de que las mujeres se incorporen al mercado laboral y de ahí, seguramente, el interés de la CPC. Según un documento elaborado por la Subsecretaría de Economía, por cada 100 mil mujeres que ingresan al mercado laboral, el PIB crece 0,5%", explica.
Sepúlveda señala que hay consenso al respecto, "y obviamente es complejo e implica una serie de coordinaciones, financiamiento y estructura respecto a la provisión de salas cunas y jardines infantiles, aprovechando la red existente", pero que "es preciso".
Agrega que hay que apelar a las buenas práticas empresariales, porque para que las mujeres ocupen altos cargos se requiere de un ambiente propicio al interior de una organización en términos de selección, retención y flexibilidad (igualitaria); además de establecer metas de participación femenina en gerencias y desarrollar mentorías para empoderarlas.
Fuente: DF
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