Empleo por aplicaciones digitales sube casi 30% en un año, pero más de la mitad es informal
Según el INE, en el trimestre enero-marzo de 2024 se generaron 64.073 empleos lo que se traduce en un alza de 28,5% en un año. Así, en el trimestre enero-marzo se totalizando 288.550 puestos de trabajo por aplicaciones. De ellos, 123.283 son formales y 165.267 informales.
Fuente: La Tercera-PulsoPublicado el 10 de mayo de 2024.En el último se crearon 302.540 empleos. De ellos, 240.942 son asalariados privados, lo que equivale al 79,6% del total de empleos creados. Sin embargo, la tasa de informalidad laboral subió a 28,1%, con un alza de 0,7 puntos porcentuales (pp) en un año, siendo, además, su mayor registro en poco más de dos años.
En números, de los 302.490 generados en el último año, 157.416 son empleos formales y 145.074 son informales.
Dentro de ese marco se ubican los empleos a través de plataformas digitales. Según el INE, en el trimestre enero-marzo de 2024 se generaron 64.073 empleos lo que se traduce en un alza de 28,5% en un año. Así, en el trimestre enero-marzo se totalizando 288.550 puestos de trabajo por aplicaciones.
De ese total, 123.283 son formales y 165.267 informales, es decir, más de la mitad corresponde a informales. Además, del total de empleos, 223.399 son independientes y 65.151 dependientes.
Por categoría ocupacional, el INE detalla que 88.980 son trabajadores de servicios y vendedores de comercio y mercado donde se incluyen Uber y Rappi, entre otras. Por sexo, 158.934 son hombres y 129.616 son mujeres.
La Encuesta Nacional de Empleo del INE define el trabajo a través de plataformas digitales como "una ocupación que es realizada mediante una aplicación móvil o plataforma web para ofrecer bienes y/o servicios utilizando exclusiva o predominantemente algún medio que implique el contacto remoto con los clientes, ya sea a través de internet (plataforma web) o desde un celular (aplicación móvil o app)".
La legislación
La Ley 21.431, que regula esta actividad, entró en vigencia el 1 de septiembre de 2022 generó cambios en esta forma de empleabilidad.
Uno de los elementos importantes de la normativa es que los trabajadores serán considerados como trabajadores dependientes o independientes, según si el trabajo se desarrolla en conformidad a los términos del artículo 7º del Código del Trabajo: esto es, si prestan servicios personales para una empresa de plataforma digital de servicios bajo un vínculo de subordinación y dependencia. Y si los servicios se prestan bajo un vínculo de subordinación, entonces el trabajador será considerado dependiente, y si no, como independiente. Otro elemento de la normativa es que, ya sea que el trabajador desarrolle sus labores como dependiente o independiente, siempre deberían operar bajo condiciones de formalidad.
De esta manera, la entrada en vigencia de la ley podría, en principio, tener dos efectos: el primero, cambiar la prevalencia de ocupados independientes en comparación a la situación previa y lo segúndo reducir la tasa de ocupación informal, que hace una evaluación preliminar respecto a los impactos que pudo tener la entrada en vigencia de la Ley 21.431 sobre estas variables.
Fuente: La Tercera
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