Uber vs DT: Suprema da espaldarazo al servicio en polémica por dictamen de trabajo en Apps
El máximo tribunal confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de abril pasado, en el cual se rechazó el recurso de protección que presentó la empresa para dejar sin efecto el dictamen que regula el trabajo en aplicaciones digitales.
Fuente: DFPublicado el 25 de mayo de 2023.Buenas noticias recibió hoy la Dirección del Trabajo (DT).
Y es que se conoció que, tras algunas semanas de análisis, la Corte Suprema terminó respaldando el fallo de abril de la Corte de Apelaciones, en el cual se rechazó el recurso de protección que en noviembre presentó Uber en contra del regulador para dejar sin efecto el dictamen sobre la ley que regula el trabajo en aplicaciones digitales.
En dicho dictamen se abordaban las nuevas facultades de la DT y se precisaba lo que debiese entenderse como trabajador dependiente e independiente de las aplicaciones, identificando los elementos que conformarían la existencia de un vínculo laboral, de subordinación y dependencia, entre las aplicaciones y los repartidores (conocidos también como riders).
Para Uber, con estos lineamientos, el servicio a través del dictamen se estaba atribuyendo la potestad de calificar, "por sí y ante sí", la existencia de relaciones laborales en casos concretos, "arrogándose así una facultad propia de los tribunales".
La Corte de Apelaciones en abril pasado desestimó la queja de Uber en contra este documento, y ahora la Suprema respaldó dicho pronunciamiento.
¿Qué significa esto? Que la DT actuó dentro del ámbito de su competencia al elaborar el dictamen.
"No puede imputársele a tal órgano (la DT), cuando ejerce su función mediante la dictación de un dictamen, que se trate de un acto ilícito o arbitrario, pues está actuando dentro del ámbito de su competencia, sin perjuicio que se pueda discrepar de su contenido, para lo cual, la legislación laboral establece un procedimiento para conocer y resolver tal discrepancia en los tribunales laborales", dijo la Corte de Apelaciones en su oportunidad, postura que ahora es ratificada por la Suprema.
"Se confirma la sentencia apelada de cuatro de abril de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago", dice la resolución de la máxima instancia de justicia conocida hoy.
Pese a que el fallo fue a favor de la DT, la votación de los ministros no fue unánime, ya que la ministra Ángela Vivanco estaba por acoger la reclamación de Uber.
Desde la Dirección del Trabajo celebraron el pronunciamiento de la justicia.
Para el director del servicio, Pablo Zenteno, el fallo de la Corte Suprema confirma que la DT actuó dentro de sus facultades. "En la emisión de este dictamen no transgredimos la legislación, no transgredimos la Constitución, ni mucho menos nuestro marco normativo", aseguró.
Para él, el pronunciamiento de la Suprema "viene a reforzar y reconocer el rol importante de nuestra institución en el ámbito del cumplimiento de la legislación laboral, de la interpretación de las nuevas leyes laborales y precisamente considerando nuevas realidades que muchas veces son el objeto de regulación de estas nuevas legislaciones. En ese sentido, esperamos con esta sentencia poder sin lugar a dudas reforzar nuestro rol y el cumplimiento de los derechos laborales de todos los trabajadores y trabajadoras de plataformas en nuestro país", destacó la autoridad.
Los descargos de Uber
Desde la firma, en tanto, lamentaron el pronunciamiento. "Lamentamos que los votos de mayoría no hayan evaluado el fondo de los argumentos del Recurso de Protección, tal y como lo hizo el voto disidente que, entre otras cosas, señala que la DT excede el marco de las potestades que le corresponden", dice una declaración escrita de la firma.
Para Uber, el fallo de la Corte Suprema "no valida el contenido" del dictamen interpretativo de la Dirección del Trabajo, si no que "establece que un recurso de protección no es el instrumento adecuado para impugnarlo y que esto se debe realizar ante un juez del trabajo".
Con todo, desde la firma agregaron que seguirán "velando por que se cumpla lo establecido en la ley 21.431 que asegura la flexibilidad e independencia de las más de 120.000 personas que todos los meses generan ingresos en nuestra plataforma", agregaron.
Fuente: DF
Galería de Imágenes
Categorías asociadas
La Seguridad Social en Chile: Empleabilidad