Rentas vitalicias: Consorcio presenta recurso en contra del Presidente y el Congreso
Junto a CN Life y Confuturo endurecieron el tono del debate y exigen que el Estado se haga cargo de las necesidades públicas.
Fuente: DFPublicado el 27 de mayo de 2021.El retiro anticipado de rentas vitalicias ayer subió de tono, con una señal que no dejó a nadie indiferente en el mercado. Consorcio, uno de los mayores actores del mercado asegurador, presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones en contra del Presidente Sebastián Piñera, el Senado y la Cámara de Diputados por aprobar la ley Nº 21.330, que permitió los adelantos del 10% de este producto previsional.
Lo anterior en el entendido de que las tres figuras representan al Estado y son las que dieron el visto bueno a la mencionada ley, que generará un daño patrimonial en las aseguradoras.
Las acciones judiciales buscan que el Tribunal de alzada ordene al Estado solventar todos los pagos a las compañías que ya se han realizado y los que se van a efectuar como consecuencia de los adelantos. Ello, sin paralizar el proceso de los retiros.
A Consorcio se sumaron su filial CN Life y la aseguradora Confuturo, de la Cámara Chilena de la Construcción.
Los tratados internacionales
Las tres compañías de seguros son representadas por los abogados Cristóbal Eyzaguirre y Alex Van Weezel, ambos socios del estudio Claro y Cía, quienes son especialistas en arbitrajes y litigios.
Uno de los argumentos centrales que esgrimen es que la reforma constitucional que permitió los anticipos vulnera los tratados internacionales suscritos por Chile en materia de derechos.
Específicamente, en el escrito ingresado por Consorcio se señala que existen dos garantías transgredidas con la Ley Nº 21.330: el derecho a un trato igualitario y el derecho de propiedad.
Respecto del primero, el documento indica que este derecho está protegido por el artículo N°26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y que la ley lo vulnera al equiparar al proceso con el retiro del 10% de las AFP.
"Este es un error garrafal: mientras los afiliados a una AFP efectivamente mantienen sus fondos ahorrados en cuentas de capitalización individual de su propiedad, los pensionados mediante rentas vitalicias ya dispusieron de tales fondos contratando con sus respectivas compañías de seguros el pago de una pensión estable mientras vivan", señala.
En tanto, apuntan que el derecho de propiedad se ve vulnerado, entre otros factores, por transgredir los contratos de rentas vitalicias de las aseguradoras.
El rol del Estado
Otro de los argumentos del escrito se relaciona con que la ley "pretende" reemplazar el rol del Estado en la actual crisis económica con los anticipos.
"Se pretende que las compañías de seguros financien con su patrimonio una necesidad pública que debería satisfacer el Estado: proveer de liquidez, inmediatamente, a una porción de la población y, en último término, a la economía chilena afectada por la pandemia de Covid-19", dice el escrito.
Fuente: DF
Galería de Imágenes
Categorías asociadas
La Seguridad Social en Chile: Pensiones