Admiten a trámite proyecto que dispone el reintegro de fondos retirados desde las AFP con cargo al 2% del Presupuesto
La iniciativa de parlamentarios de oposición además propone utilizar los fondos no reclamados por los herederos de las personas que han fallecido en el plazo de 20 años o más.
Fuente: DFPublicado el 11 de marzo de 2021.La Cámara de Diputados admitió hoy a trámite una reforma constitucional, presentada por diputados de oposición, que dispone el reintegro de los fondos previsionales retirados por los cotizantes y pensionados, con cargo al 2% del Presupuesto fiscal.
El texto lo firman, entre otros, los diputados Pedro Velásquez (independiente), Manuel Monsalve (PS) y Matías Walker (DC), y fue enviado a la comisión de Constitución para el inicio de su tramitación.
La reforma señala en su texto que "en virtud del mandato que tiene el Estado de Chile para promover la dignidad y la calidad de vida de todos sus habitantes, es que venimos en presentar una reforma constitucional que le permitirá al Poder Ejecutivo suplementar de manera directa los fondos de pensiones de todas aquellas personas que, siendo parte del 70% de vulnerabilidad según el Registro Social de Hogares, hayan hecho uso de su derecho para retirar todo o parte de sus cuentas de capitalización individual, en aplicación de los retiros extraordinarios que han sido aprobados por este Congreso".
Para ello, los legisladores proponen modificar el artículo trigésimo noveno transitorio de la Constitución, incorporando un inciso final que establecerá la capacidad para el Presidente de la República de destinar hasta 2% del monto de los gastos que autorice la Ley de Presupuestos según el artículo 32 de la Constitución Política, a fin de complementar los fondos de pensiones de todas aquellas personas que pertenezcan al 80% de vulnerabilidad según el Registro Social de Hogares.
"De tal forma, en virtud de esta necesidad impostergable a la cual nos hemos visto enfrentados como nación, el Presidente de la República tendrá la capacidad de realizar traspasos directos a las cuentas de capitalización individual de las personas que han retirado todo o parte sus fondos de pensiones en aras de dar cumplimiento a los principios de la seguridad social que mandatan al estado para buscar que sus ciudadanos tengan el mejor nivel de vida posible", señala el documento.
Y agregan que "asimismo, se propone utilizar los fondos no reclamados por los herederos de las personas que han fallecido en el plazo de 20 años o más, estableciendo una causal de prescripción de la acción para reclamar el derecho de propiedad que tienen los herederos, en un plazo que es razonable en virtud del bien común que nos mandata a trabajar por la calidad de vida de las personas de menores ingresos".
Fuente: DF
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