Principal: Impuestos a los seguros de vida con ahorro no pueden ser retroactivos
La gerente general celebró también que el Gobierno haya sincerado un cambio que solo podría efectuarse por ley, según las compañías.
Fuente: El MercurioPublicado el 10 de abril de 2019.Una de las propuestas que hizo el ministro de Hacienda, Felipe Larraín, para destrabar la idea de legislar sobre la reforma tributaria es cobrar impuestos a la renta por los retiros y rescates de los seguros de vida con ahorro. Con esto el Gobierno estima un recaudación de US$ 50 millones anuales.
La gerente general de Principal Compañía de Seguros de Vida Chile, María Eugenia Norambuena, señaló que si bien no se conocen los detalles de cómo se llevaría a cabo esto, la propuesta del Gobierno debe hacerse con vigencia a futuro y en ningún caso de forma retroactiva.
Es decir, una vez que se apruebe y entre en vigencia esta ley se podrán efectuar las tributaciones a los rescates y no cobrar por rentabilidades generadas previo a la vigencia de la ley.
No obstante, aún no se conoce cómo será la tributación que tiene considerada Hacienda para estos seguros.
La propuesta del Gobierno no es nueva. De hecho actualmente las aseguradoras de vida y el Servicio de Impuestos Internos (SII) están enfrentados por el cobro de impuestos a los seguros de vida con ahorro.
En diciembre pasado el SII informó a través del suplemento tributario que cobraría impuestos por la rentabilidad que generan los seguros de vida con ahorro para los clientes. No obstante, según las compañías de seguros estos no constituyen renta por lo que solicitaron un recurso de no innovar a la Corte de Apelaciones denunciando que había un cambio de criterio por parte del SII al aplicar el cobro de impuestos a la rentabilidad obtenida por los seguros ya que estos nunca habían tributado. La Corte acogió la orden y la mantiene actualmente.
Norambuena sostiene que más allá de la posición que tienen ellos sobre el fondo de lo propuesto por Hacienda, celebran que el Gobierno haya sincerado que un cambio como el que defiende el SII solo puede efectuarse por ley. "Otorga certeza jurídica y seguridad al mercado, pues se ratifica la improcedencia de gravar los rescates efectuados a seguros de vida con ahorro por vía administrativa o mediante la interpretación del regulador", dice.
Además, Norambuena sostiene que el ministro de Hacienda aclara que la interpretación del servicio era errónea.
"Se requiere un cambio de ley para que los rescates tributen. Adicionalmente, otorga una certeza relevante en algo fundamental: corrobora que el seguro de vida con ahorro es un seguro de vida, aspecto que había sido insistentemente requerido por esta compañía a la CMF y que hoy el Ministerio de Hacienda confirma a través de su iniciativa legal", indica.
Pólizas vigentes Según cifras de la Asociación de Aseguradores, hay más de 400 mil pólizas vigentes de seguros de vida con ahorro.La compañía que registra más pólizas emitidas es Consorcio. Le sigue Metlife, y en tercer lugar está Security Previsión.
Fuente: El Mercurio
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