Inmigrantes se reúnen con la ministra del Trabajo y exigen la posibilidad de portar sus fondos de pensiones
Pese a considerar un avance el encuentro con Alejandra Krauss, las comunidades extranjeras impulsan una demanda contra el Estado chileno por no poder traspasar sus cotizaciones
Fuente: Diario FinancieroPublicado el 17 de enero de 2017.No son muchos los requisitos que se les exige a los inmigrantes para poder traspasar su fondo de pensión fuera del país, pero no por eso ello son menos complejos.
Y es que cuando un extranjero residente en Chile quiere devolverse a su lugar de origen -o vivir derechamente en cualquier otro país-, la normativa hace difícil que pueda llevarse consigo las cotizaciones que hizo en el sistema chileno de AFP.
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La ley 18.156 permite sólo a los migrantes profesionales o técnicos portar sus ahorros hacia otro Estado. Además, en el primer contrato de trabajo en nuestro país, ellos deben especificar que desean jubilarse en su país de origen, al que ya deben estar afiliados a su respectivo sistema, lo que hace más difícil la situación.
Hoy, sin embargo, las organizaciones migrantes dieron un paso adelante en su lucha para cambiar este panorama. Y es que concretaron su primera reunión con el Comité Asesor Ministerial para Migraciones y Asuntos Internacionales del Ministerio del Trabajo, instancia en la que también participó la titular de esa cartera, Alejandra Krauss.
En el encuentro, los representantes de varias comunidades foráneas le hicieron saber a la ministra de esta problemática y aunque no comprometió una modificación a la ley durante este Gobierno, sí adelantó que se llevarán a cabo más reuniones para discutir al respecto. La próxima, antes de finalizar este mes, en la que se espera que participe el superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías.
Demanda al Estado
Pese a considerar que la conversación en el Ministerio del Trabajo es un avance, inmigrantes ya preparan una demanda al Estado chileno por este tema.
La imposibilidad de poder traspasar fuera del país los fondos para los que no son profesionales o técnicos, estaría contradiciendo el artículo 32° de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, de la oficina de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que Chile ratificó.
"Los trabajadores migratorios y sus familiares, al terminar su permanencia en el Estado de empleo, tendrán derecho a transferir sus ingresos y ahorros y, de conformidad con la legislación aplicable de los Estados de que se trate, sus efectos personales y otras pertenencias", dice el apartado.
La acción legal la llevan a cabo dirigentes de la comunidad ecuatoriana, que acusan que un compatriota, quien no pudo convalidar su título de médico en nuestro país, fue impedido de traspasar su fondo de pensión a Ecuador cuando quiso regresar.
"Lo que nosotros tenemos es un caso que es relevante, que tiene un expediente y que es importante porque va a crear un precedente", sostuvo Tatiana Albuja, líder del colectivo ecuatoriano.
"Creemos que es importante que haya este precedente porque nos podemos demorar cinco años, pero lo que se puede obtener es una igualdad y un mejoramiento de vida de las comunidades migrantes", añadió.
La iniciativa es apoyada por la Mesa de Acción Migrante, organización que aglutina a las comunidades de extranjeros.
Fuente: DF
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