Corte de Santiago ordena a DGAC pasar a 1.331 empleados civiles a sistema de pensiones de las Fuerzas Armadas
Si decisión se mantiene a firme, el fisco deberá cubrir el costo del traspaso. El año pasado, cuando trabajadores intentaron negociar con el Gobierno, este lo calculaba en unos $900 mil millones.
Fuente: El MercurioPublicado el 15 de agosto de 2016.Cuatro días pararon los funcionarios aeroportuarios de todo el país en 2015. Y las cifras reflejaron el impacto que tuvo la movilización: 676 vuelos suspendidos y más de 97 mil pasajeros obligados a quedarse en tierra. Había preocupación en el Gobierno, pero el costo para cubrir sus demandas previsionales era demasiado alto.
El ministro de Defensa, José Antonio Gómez, calculaba entonces que traspasar a los empleados de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) desde el sistema de AFP al de las Fuerzas Armadas (Capredena), como exigían los gremios, le significaría al fisco desembolsar alrededor de $900 mil millones.
No hubo acuerdo, pero el debate ya estaba judicializado.
Paralelamente a estas conversaciones, en el 29° Juzgado Civil de Santiago se tramitaba una causa, iniciada en 2012 por un grupo de 1.331 funcionarios aeronáuticos, que podía resolver el asunto sin necesidad de un acercamiento entre las partes.
En marzo pasado, el tribunal de primera instancia falló a favor del fisco; los demandantes apelaron y cinco meses después, el 9 de agosto último, llegó la respuesta de la Corte de Santiago.
"Se revoca la sentencia apelada de 18 de marzo del año en curso (...) y, en su lugar, se declara que se acoge la demanda", ordenándose además que "a cada uno de los actores (funcionarios) que desempeñan sus labores en la Dirección General señalada, les corresponde la aplicación del sistema previsional contemplado en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de la Subsecretaría de Guerra, debiendo los demandados (la DGAC y el fisco) revertir los efectos de la aplicación errónea de las normas previsionales a los demandantes", se lee en la resolución.
José Pérez, presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios de la DGAC, explica que "nos alegramos" con la noticia del fallo; no obstante, también la tomamos "con prudencia", porque no es un tema cerrado.
"Todavía estamos jugando el partido", dice.
Ello, porque la DGAC y el Consejo de Defensa del Estado -en representación del fisco- aún pueden recurrir a la Corte Suprema para intentar revertir la decisión. Consultado el organismo de defensa estatal, declinó referirse al fallo por ahora.
De AFP a Capredena
En su voto de mayoría, la ministra Javiera González y el abogado integrante Eduardo Gandulfo concluyen que no se ha modificado "la calidad de empleados civiles de las FF.AA. de los funcionarios de la DGAC, calidad que les arroga el régimen previsional que reclaman, conforme expresamente lo establece el artículo 1° de la Ley N° 18.458, del 11 de noviembre de 1985, norma que, incluso, prevé la posibilidad de opción entre regímenes previsionales".
Ahora, si esta resolución se confirmara, los funcionarios aeronáuticos individualizados en la causa deberán ser traspasados del régimen de AFP al sistema previsional de las FF.AA. (Capredena), que opera con un modelo de reparto. "Un fallo judicial obliga y hay que acatarlo, por lo tanto las 1.331 personas que demandamos trasladaríamos nuestros fondos a Capredena", dice Pérez sobre cómo debiese concretarse la sentencia.
Según cifras entregadas en 2015 por Capredena a "El Mercurio", su pensión promedio estaba en los $704 mil; mientras que la de AFP -de acuerdo a información de la superintendencia del sector- en $210 mil.
Entre las razones para esta diferencia está que en el caso del sistema previsional de la FF.AA. existe un aporte del fisco, sumado a que el porcentaje de la remuneración que debe cotizar la persona es mayor. Pero también que el promedio de las AFP está sacado incluyendo casos de personas que tuvieron "lagunas" o cotizaron durante muy cortos períodos.
Esta resolución judicial llega a los funcionarios aeronáuticos en medio de negociaciones con el Gobierno por mejoras previsionales, cuenta Pérez, y se discutirá en el encuentro sindical del 23 de agosto, así como un protocolo que les entregó la autoridad sobre la materia.
Voto disidente
Con todo, el fallo no fue unánime y ello pudiera abrir una puerta al fisco en la Suprema.
El voto disidente fue del ministro Juan Manuel Muñoz, quien consideró -entre otras cosas- que "la DGAC no forma parte de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 1° de la Ley N° 16.752 y artículo 101 de la Constitución Política de la República. Por ello, no puede asimilarse al personal institucional de las ramas de las FF.AA., en razón de la naturaleza de las funciones que estas cumplen".
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