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Corte de Apelaciones declara “ilegal” oficio de la CMF que normó primer “retiro” de rentas vitalicias en pandemia

El tribunal de alzada capitalino anuló la circular Nº 1208 de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que obligaba a las aseguradoras a adelantar pensiones de rentas vitalicias. El 14 de mayo de 2021, Bice Vida Compañía de Seguros, Penta Vida Compañía de Seguros, 4 Life Seguros de Vida y Rentas Nacionales presentaron cuatro recursos de ilegalidad en contra del oficio, tras la reforma constitucional que obligó a las compañías de seguro a adelantar hasta el 10% de las rentas vitalicias contratadas por sus clientes. En caso de ser confirmado el laudo por la Corte Suprema, las aseguradoras podrían interponer demandas de indemnización de perjuicios.

Fuente: La Tercera-PulsoPublicado el 18 de julio de 2024.

La Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el lunes de esta semana los reclamos de ilegalidad presentados por Penta Vida Compañía de Seguros de Vida, Bice Vida Compañía de Seguros, 4 Life Seguros de Vida y Rentas Nacionales en contra del oficio circular Nº 1208 de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Este documento instruía a las compañías de seguros de vida sobre aspectos operacionales para el anticipo de pensiones de rentas vitalicias.

El tribunal determinó que el Oficio Circular N° 1208 de la CMF carecía de fundamento normativo, luego de que el Tribunal Constitucional declarara inaplicables por inconstitucionalidad los incisos pertinentes de la Ley N° 21.330. La Corte argumentó que la normativa cuestionada no cumplió con el requisito de consulta pública ni justificó adecuadamente su urgencia y necesidad, lo que hizo que el acto administrativo fuese "ilegal".

Además, señaló que el Oficio Circular imponía obligaciones adicionales y perjudiciales a las aseguradoras, excediendo el marco legal vigente.

Los fallos del pasado lunes están visados por los ministros Jorge Zepeda, Marisol Rojas y Tomás Gray. Aunque el ministro Gray no firmó el documento debido a su ausencia, participó en la vista de la causa y en el acuerdo.

El 14 de mayo de 2021, Bice Vida Compañía de Seguros, Penta Vida Compañía de Seguros, 4 Life Seguros de Vida y Rentas Nacionales presentaron cuatro recursos de ilegalidad en contra del oficio circular Nº 1208 de la CMF, tras la reforma constitucional que obligó a las compañías de seguro a adelantar hasta el 10% de las rentas vitalicias contratadas por sus clientes.

Esta fue la primera acción judicial que formalizó el malestar de las aseguradoras por la iniciativa promovida por diputados como Karim Bianchi y Pamela Jiles en el marco del tercer retiro de los fondos de pensiones por la pandemia. La normativa tuvo incluso repercusiones internacionales, ya que el grupo asegurador Ohio activó el procedimiento de resolución de controversias establecido en el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Estados Unidos.

Paralelamente a sus reclamos de ilegalidad, las compañías de seguros acudieron al Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucional la reforma a la ley que autorizó ese adelanto porque los fondos no pertenecían a los jubilados en el caso de las rentas vitalicias, afectando así el derecho de propiedad de las compañías de seguro.

Penta Vida Compañía de Seguros de Vida y 4 Life Seguros de Vida contaron con la asesoría legal de Alfredo Alcaíno y Marcelo Giovanazzi. Bice Vida Compañía de Seguros fue representada por Pedro Pablo Gutiérrez y Juan Francisco Asenjo, mientras que Rentas Nacionales tuvo la representación de Emilio Pfeffer.

Desde la CMF explicaron que "estamos analizando el fallo en conjunto con el Consejo de Defensa del Estado para adoptar las decisiones que se estimen pertinentes".

"Expropiatorio"

El Consejo de Defensa del Estado (CDE), que representa a la CMF, tiene ahora un plazo máximo de 10 días hábiles para presentar una apelación a la Corte Suprema.

En caso de ser confirmado el fallo por el máximo tribunal del país, las aseguradoras podrían interponer demandas de indemnización de perjuicios contra quien corresponda según su grado de responsabilidad. De hecho, algo de este camino anticiparon en sus reclamos de ilegalidad, al calificar el oficio de la CMF como "expropiatorio".

En sus presentaciones al tribunal, Penta y 4Life advirtieron que el perjuicio generado se irá incrementando paulatinamente en el tiempo, durante el transcurso del plazo de un año que cuenta el pensionado para optar por el derecho al adelanto. 4Life explicó que actualmente el perjuicio ocasionado llega a 9.500 UF ($ 284 millones)y puede aumentar hasta 56.000 UF ($ 1.654 millones). Mientras que Penta detalló que el perjuicio actual alcanza las 425.000 UF ($ 12.558 millones) y podría llegar hasta 1.310.000 UF ($ 38.708 millones)

En octubre de 2021, en una entrevista con Pulso La Tercera, el presidente de la CMF de ese entonces, Joaquín Cortez, alertó sobre los efectos que tendría la aprobación del proyecto de ley para un segundo retiro de rentas vitalicias. Estimó que el cargo al patrimonio de la industria sería cercano a los US$ 3.000 millones en el escenario de mayor riesgo, donde todos los pensionados por renta vitalicia realizaran este segundo anticipo y aplicando las nuevas reglas de manera retroactiva para el primer retiro.

El principal foco de Penta Vida es el negocio de las rentas vitalicias, cuya recaudación de enero a diciembre de 2020 ascendió a 9,84 millones de UF (unos US$413 millones). En ese mercado se recaudaron 40,09 millones de UF en primas, y Penta Vida obtuvo el primer lugar en participación de mercado con un 24,55%. Actualmente la compañía tiene alrededor de 65.000 clientes de rentas vitalicias, administrando e invirtiendo activos por US$6.962 millones.

4 Life Seguros de Vida, con siete años de experiencia, participa en un mercado donde operan 35 compañías de seguros. En 2020, su recaudación fue de 586.023 unidades de fomento, con una participación de mercado del 1,46%. La compañía cuenta con 6.889 clientes de rentas vitalicias y administra e invierte activos por 19,7 millones de UF.

Fuente: La Tercera-Pulso

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