¿Tengo derecho a licencia si boleteo?
Una mujer que opta por ser independiente también puede acceder a los beneficios del sistema de pensiones, de salud y de seguridad laboral, con la diferencia de que ella misma tiene que hacer todos los trámites y no el empleador.
Fuente: Las Ultimas Noticias
Publicado el 17 de julio de 2015
María José Zaldívar, abogada y gerenta general de la Corporación de Investigación, Estudio y Desarrollo de la Seguridad Social (CIEDESS), explica que una mujer que opta por ser independiente también puede acceder a los beneficios del sistema de pensiones, de salud y de seguridad laboral, con la diferencia de que ella misma tiene que hacer todos los trámites y no el empleador.
Zaldívar dice que lo principal es afiliarse a una AFP y a una isapre o FONASA al mismo tiempo y ser estricta en los pagos mensuales. De lo contrario, las consecuencias son graves y diferentes a corto, mediano y largo plazo. "Si no estás cotizando en isapre o FONASA y te ocurre cualquier tipo de contingencia de salud, vas a tener que cubrir el gasto íntegro de tu bolsillo, como la consulta médica, exámenes, etcétera".
Una consecuencia a mediano plazo es no tener derecho a licencia médica, por ende, no recibir ningún ingreso si te enfermas. "Para tener derecho, hay que tener un año de afiliación al sistema de pensiones, anterior a la licencia, y además tener seis meses de cotizaciones previsionales. Así puedes acceder al pago de un subsidio, cuyo monto depende del valor de tus últimas tres cotizaciones. No conviene cotizar por un monto inferior a lo que estás ganando, porque recibirás menos".
Agrega que en el caso de las embarazadas, no sirve de nada afiliarse a una isapre y a la AFP un mes antes de salir de prenatal. "Muchas mujeres que sólo toman el sistema de salud, se quedan si pre y post natal", dice la abogada.
La consecuencia a largo plazo es el monto final de la pensión, que se construye en base a un ahorro sistemático, por eso hay que evitar las lagunas.
Otro dato importante es que desde el año 2015 es obligatorio cotizar para la ley de accidentes del trabajo. "El trabajador se puede afiliar a la mutual que quiera, o al Instituto de Salud Laboral y van a recibir la misma cobertura que un dependiente si tienen un accidente en el trabajo o en el trayecto".
http://www.lun.com/Pages/NewsDetail.aspx?dt=2015-07-17&PaginaId=11&SupplementId=55&bodyid=0