“Impuesto a los súper ricos”: comisión de Constitución aprueba indicación que aumenta a 30% el tributo a las "mega empresas" por dos años
Instancia también visó la eliminación de exenciones para el mercado de capitales. Gobierno anunció que recurrirá al TC.
Fuente: DFPublicado el 15 de abril de 2021.Una nueva derrota se anotó el gobierno hoy en el Congreso. Esta vez se produjo por el avance en la comisión de Constitución de la Cámara de Diputados del proyecto que crea un impuesto al patrimonio de los contribuyentes de más altos ingresos, denominado "impuesto a los súper ricos".
En la sesión, la comisión aprobó por siete votos a favor y seis en contra (todos de legisladores de Chile Vamos) una indicación que fue fruto de un acuerdo entre los diputados Matías Walker (DC) y Camila Vallejo (PC) que establece un aumento transitorio por dos años (2021 y 2022) del impuesto a las empresas, de 27% a 30%, para las "mega compañías" que facturen ventas por más de 1 millón de UF (equivalente a US$ 41 millones), de manera de gravar el flujo de aumento patrimonial de los contribuyentes más ricos del país.
La indicación también considera la eliminación de algunas exenciones que favorecen al mercado de capitales. Así, entre 2021 y 2022, se dejarán sin efecto las liberaciones del pago de impuestos por las ganancias de capital en la transacción de acciones de alta presencia bursátil, y lo mismo ocurrirá con la tributación de los retiros de los fondos de inversión privados (FIP), que pasarán a ser contribuyentes del impuesto de primera categoría.
Según el diputado Walker, con ambas modificaciones se podrían recaudar del orden de US$ 1.700 millones, desglosado en US$ 900 millones a través del aumento de la tasa corporativa y US$ 800 millones por la eliminación transitoria de las exenciones.
Asimismo, la indicación aprobada incluye modificar la base a la cual se le aplicará el impuesto de 2,5% al patrimonio valorado desde los US$ 22 millones. Así, se estableció que sería el patrimonio neto -y no el bruto-, definido como la totalidad de los bienes, derechos, valores y/o beneficios que conforman su activo, ubicados en Chile y/o el exterior, deducidas las deudas u obligaciones fehacientemente acreditadas, contraídas para su adquisición.
Para la determinación del patrimonio neto, la indicación señala que no se considerará el valor del inmueble que sirva de casa habitación del contribuyente hasta por el monto correspondiente a su avalúo fiscal del mismo.
El ministro de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), Juan José Ossa, anunció que el Ejecutivo recurrirá al Tribunal Constitucional (TC) para impugnar la modificación aprobada por la comisión, señalando que invade la facultad exclusiva del Ejecutivo para legislar en materias tributarias, entre otros puntos.
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