Caso IPC: INE recurre al Tribunal Constitucional para detener demanda laboral en su contra
Servicio pide suspender la tramitación de la demanda por vulneración de derechos fundamentales presentada por Felipe López, uno de los acusados del caso de posible manipulación del indicador.
Fuente: Diario FinancieroPublicado el 04 de febrero de 2020.Un recurso de inaplicabilidad por vicio de constitucionalidad presentó el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) ante el Tribunal Constitucional (TC), con la finalidad de detener la demanda por vulneración de derechos fundamentales -particularmente derecho a la integridad psicológica- que presentó hace unos meses Felipe López, exjefe del Departamento de Precios del INE y uno de los principales acusados por el caso de manipulación del IPC.
En un escrito de 15 carillas, el servicio, liderado por Guillermo Pattillo, sostiene que la relación entre López y el INE "no obedece a una relación laboral" y que, además, no es posible aplicar el procedimiento de tutela laboral, regulado por el artículo 485 del Código del Trabajo, a los funcionarios públicos.
¿Qué significa esto en términos simples? que a juicio del servicio los empleados estatales no podrían denunciar ante los tribunales de justicia despidos arbitrarios, discriminación, violación a la libertad de expresión, entre otras causas.
Cabe señalar que en la demanda laboral presentada por López, ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo, su defensa sostuvo que la declaración pública dada por el director nacional del servicio "constituye una imputación pública y directa hacia él de la supuesta manipulación detectada (...) bastando una simple búsqueda por internet para averiguar su identidad. Es así como su vida se habría visto totalmente expuesta debido a una absoluta falta de criterio y respeto por parte del director del INE".
En el documento presentado por el organismo, la defensa del servicio asegura que "la errónea interpretación y aplicación" de la norma en cuestión "lleva a sostener la errada tesis de que los tribunales laborales serían competentes para conocer y dar aplicación al procedimiento de tutela laboral en todas aquellas situaciones de no aplicación del Código del Trabajo".
En esa línea, el INE enfatiza que López se desempeñaba como funcionario público en calidad de contrata, por lo cual su relación jurídica debe "necesariamente regirse por el correspondiente Estatuto, que viene a ser el contemplado en la Ley 18.834, que establece el Estatuto Administrativo".
Respecto a esto, el servicio sostiene que la única entidad autorizada a discutir si hubo o no vulneración de derechos fundamentales en este caso, es la Contraloría General de la República.
"En virtud de la competencia que posee la Contraloría General de la República para conocer de las denuncias por vulneración a los derechos fundamentales antes indicados, en caso alguno se puede argumentar la completa indefensión del demandante (dice el texto haciendo referencia a López), por lo que ni siquiera en estos autos se podría utilizar el pretexto de falta de Ley para extender a los funcionarios públicos la norma del artículo 485 del Código del Trabajo", dice el escrito presentado por el INE.
Por último, el servicio pide al Tribunal Constitucional que declare que la demanda presentada por López es contraria a la Constitución Política, particularmente contraria a los artículos 6 y 7 de esta.
Además, la defensa del INE solicita ordenar la suspensión inmediata de la causa laboral, que actualmente se tramita en el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo, con anterioridad a la celebración de la audiencia de juicio fijada para el próximo 11 de febrero.
Fuente: Diario Financiero