Comisión de Hacienda despachó proyecto que exime de la cotización de salud para pensionados del sistema solidario
La propuesta contempla tres puntos principales: exime gradualmente de cotizar el 5% para salud para los beneficiarios del sistema de pensiones solidarias; facilita el traspaso de las pensiones de invalidez a las de vejez en el pilar solidario; y garantiza una asignación para gastos funerarios que se generen cuando fallezcan personas de este grupo del sector pasivo. La iniciativa, que cuenta también con informe favorable de la Comisión de Trabajo, será visto mañana por la Sala de la Cámara de Diputados.
Fuente: Cámara de DiputadosPublicado el 12 de agosto de 2015.Replicando el apoyo entregado en la Comisión de Trabajo, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó esta tarde, por unanimidad, y despachó a la Sala el proyecto (boletín 10201) que exime de la cotización de salud para pensionados del sistema solidario, introduce mejoras en el ámbito administrativo y restituye la denominada cuota mortuoria
La propuesta, que será vista mañana en la Sala de la Cámara de Diputados, fue presentada ante la instancia que preside el diputado Pepe Auth (PPD) por la Ministra del Trabajo, Ximena Rincón, y por la Subsecretaria de Previsión Social, Julia Urquieta, sus asesores directos y representantes de la Dirección de Presupuestos.
El debate en la instancia tuvo principalmente dos focos: uno relativo a la redacción del artículo transitorio que define la entrada en vigencia de la rebaja en dos tramos y la precisión del costo que la medida tendrá, tanto en su fase transitoria como en régimen. Respecto del primer punto, la Ministra Rincón comprometió evaluar la presentación, a nivel de Sala, de una indicación que clarifique cuándo entrarán a regir uno y otro tramos de la rebaja de cotización (del 5% al 3% y luego de este margen al 0%).
La Secretaria de Estado también consideró que quedó superado el segundo cuestionamiento hecho por los diputados, en lo relativo a las cifras, con el compromiso de entregar el desagregado trimestral del costo de los beneficios implicados en este proyecto de ley.
Al término de la sesión, Ximena Rincón se manifestó muy contenta con el contundente resultado y destacó que el beneficio va a significar que, de aquí a dos años, se llegará a tener cotización cero para los pensionados del sistema solidario. "Pero no solo eso, estamos restituyendo la cuota mortuoria y estamos haciendo automático el paso de la pensión de invalidez a la pensión de vejez de nuestros adultos mayores, lo que es una buena noticia también en nuestro sistema de seguridad social", precisó.
La Comisión de Hacienda se abocó a votar específicamente la norma referida al financiamiento de los beneficios. Al respecto, la norma indica que "el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley en su primer año presupuestario de vigencia se financiará con cargo a la partida presupuestaria del Ministerio del Trabajo y Previsión Social" y, en lo que falte, con cargo a los recursos de la partida presupuestaria Tesoro Público. Para los años posteriores, el gasto se financiará con cargo a los recursos que se contemplen en las leyes de Presupuestos para el Sector Público. La norma fue aprobada por doce votos a favor.
Según el informe financiero, el gasto fiscal para 2015 será de 4.183 millones de pesos (sólo incluye la exención de cotización de salud durante tres meses, entendiendo que la norma entrara en vigencia en octubre de este año). En 2016, el costo sería de 26.455 millones de pesos (incluye rebaja al 3% por nueve meses y al 0%, por tres meses, más una estimación de la aplicación de la cuota mortuoria). En 2017, 49.750 millones de pesos, con el sistema en régimen.
Datos de la propuesta
El proyecto modifica la Ley 20.531, que exime total o parcialmente la obligación de cotizar para salud a los pensionados, mayores de 65 años de edad, que se encuentren percibiendo o que en el futuro perciban los beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias. La norma, en concreto, fija una reducción gradual en dos tramos: entre el día siguiente a la publicación de la ley y durante los siguientes doce meses, la cotización legal será de un 3% (hoy es de un 5%). Vencido el plazo recién señalado, la norma entrará en rigor, con la eximición total del cargo.
La iniciativa también procura facilitar la tramitación de oficio de las solicitudes de pensión básica solidaria de vejez y del aporte previsional solidario de vejez. Para este efecto, se otorga al Instituto de Previsión Social (IPS) las competencias correspondientes para tramitar dichas solicitudes durante el trimestre anterior a que un beneficiario cumpla la edad exigida por la ley, esto es, 65 años de edad.
Una vez tramitada de oficio la solicitud de los beneficios, la pensión básica solidaria de vejez o el aporte previsional solidario de vejez, según corresponda, se devengarán a contar del día primero del mes siguiente al cumplimiento de los 65 años de edad, siempre que los peticionarios reúnan los requisitos para ser beneficiarios de dicha pensión o aporte.
El tercer punto que contempla este proyecto de ley es garantizar que todos los pensionados del sistema de pensiones solidarias cuenten con una asignación que ayude a solventar los gastos funerarios que se generen cuando fallezcan. Así, se dispone que aquellos que no sean causantes de asignación por muerte o cuota mortuoria en algún régimen de seguridad social causarán asignación por muerte, correspondiéndole al IPS verificar el cumplimiento de los requisitos.
En el caso de los beneficiarios de cuota mortuoria del DL 3.500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social (quien este unido o no por vínculo de matrimonio o parentesco con el afiliado fallecido y acredite haberse hecho cargo de los gastos del funeral), cuyo causante sea beneficiario del Sistema de Pensiones Solidarias, se establece el derecho a la diferencia que se genere entre el monto efectivo de la prestación y las 15 unidades de fomento que establece como límite dicho precepto.
Producto de la modificación recién indicada, la propuesta legal deroga una norma de Ley 20.301, que modificó la regulación de la cuota mortuoria, que en su minuto hizo extensiva la asignación por muerte a los beneficiarios de pensión básica solidaria de invalidez carentes de recursos.
Cabe mencionar que el proyecto, tanto en lo referente a los trámite de solicitud de pensiones como a lo relativo a la cuota mortuoria, define una entrada en vigencia para el primer día del sexto mes posterior a la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Al término de la sesión, el diputado Ernesto Silva (UDI), quien fuera designado para informar sobre el proyecto a la Sala, felicitó que la actual administración de Michelle Bachelet retomara una iniciativa del Gobierno de Sebastián Piñera, que permitió la rebaja de la cotización de salud del 7% al 5%, ampliando el beneficio, primero a una rebaja del 3% y, luego, en un plazo de un año, a 0%, manteniendo sus beneficios en Fonasa.
El legislador, en todo caso, lamentó que la rebaja de la cotización no hubiese sido aplicada de manera más rápida, pero estimó que, para eso, el país tendría que crecer más, situación que no ha podido verificarse por el impacto de las reformas que se han impulsado desde el Ejecutivo.
Los diputados DC José Miguel Ortiz y Pablo Lorenzini se expresaron contentos por el resultado y expresaron su deseo de que se repita el mismo respaldo en la Sala."Este proyecto es uno de los compromisos simbólicos de la Presidenta Bachelet, hecho el 21 de mayo, que exime de la cotización obligatoria a los pensionados, mayores de 65 años de edad, que actualmente cumplen los requisitos para acceder a la rebaja de la cotización legal de salud establecida en la Ley 20.531, que había disminuido con anterioridad de un 7% a un 5% esta obligación", resaltó el diputado Lorenzini.
El legislador informó que solicitó a la Dirección de Presupuestos y al Gobierno que se pueda estudiar la posibilidad de apresurar el proceso de gradualidad fijado, de modo de llegar antes al 0% de cotización.
Finalmente, para el diputado Ortiz, "esta es una gran noticia porque la iniciativa del Gobierno también incorpora beneficios adicionales en materia previsional, facilitando la solicitud de una prestación de vejez a todos los beneficiarios del sistema de pensiones solidarias de invalidez, para que no deban acudir personalmente al IPS a presentar la respectiva solicitud cuando cumplen sus 65 años".
Fuente: Camara.cl