Diputados aprueban resguardos en créditos sociales de Cajas de Compensación
La iniciativa permite a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras fiscalizar a las cajas de compensación en lo referido a los regímenes de prestaciones de crédito social.
Fuente: Cámara de DiputadosPublicado el 02 de julio de 2015.En forma unánime, con 104 votos afirmativos, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto iniciado en varias mociones (boletines 7069, 7580, 8090 y 8960) que modifican la Ley n° 18.833, Estatuto General para las Cajas de Compensación de Asignación Familiar.
La iniciativa permite a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras fiscalizar a las cajas de compensación en lo referido a los regímenes de prestaciones de crédito social.
El texto indica que el reglamento que regirá las prestaciones de crédito social - préstamos de dinero-, establecerá las condiciones mínimas indispensables tendientes a asegurar la adecuada información a los usuarios respecto de las condiciones de los créditos.
Las solicitudes de préstamos de dinero otorgados bajo este régimen sólo podrán ser presentadas a través de la entidad empleadora o directamente en las oficinas de la Caja de Compensación, y su otorgamiento, renegociaciones y reprogramaciones deberán efectuarse en forma presencial en éstas oficinas.
En el caso del término de relación laboral de un trabajador, la deuda de estas prestaciones no podrá ser deducido de las prestaciones que éste reciba con ocasión de dicho término, salvo las cuotas vencidas, previa autorización expresa del trabajador al momento de ratificar el respectivo finiquito.
Fuente: Cámara de Diputados