Beneficio que se concede por una sola vez en el año para enfrentar los gastos de la época invernal, a los pensionados que tengan 65 años o más a la fecha de pago del bono, cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad, y a los beneficiarios de pensiones básicas solidarias de vejez.

El referido bono se paga en el mes de mayo del año, a todos los pensionados antes señalados. Es de cargo fiscal, no constituye remuneración o renta para ningún efecto legal.

Este bono se entrega desde el año 1996 (Ley N° 19.454), y en la actualidad el monto del beneficio está determinado por la Ley N° 20.799.