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Las causales para que una devolución de impuestos sea retenida

Más de 1,3 millones de contribuyentes recibieron este miércoles en sus cuentas bancarias los dineros correspondientes a la devolución de impuestos de la Operación Renta 2015.

Publicado el 14 de mayo de 2015.

Los beneficiados son quienes efectuaron su declaración de renta entre el 1 y el 16 de abril y optaron por recibir un depósito directo a su cuenta corriente, de ahorro, vista o RUT. También quienes tienen domicilio tributario en las comunas de Antofagasta y Taltal (Región de Antofagasta), en la Región de Atacama o en la Región de Aysén.

Quienes decidieron recibir un cheque en su domicilio deberán esperar hasta el 29 de mayo.

Según destacó Luis Contreras, tesorero general de la República subrogante, los pagos efectuados durante esta jornada corresponden al 95 por ciento del total y equivalen a 516 mil millones de pesos.

"Eso supone, en relación al 2014, un incremento de 2,36 por ciento. Estamos contentos, porque mientras más depósitos por vía bancaria ocurran, menos tenemos problemas, por ejemplo, con los cheques", dijo, explicando que en toda Operación Renta "hay una cantidad de contribuyentes que no cobran los cheques o hay cheques que son entregados en domicilios que no corresponden".

Ségún informa la Tesorería en su página web, los cheques por declaración de renta caducan a los 60 días de su fecha de emisión y, pasado a ese plazo, los afectados deben dirigirse a la entidad y presentar una solicitud de reemplazo.

La retención

El proceso de devolución de impuestos también contempla la posibilidad de la retención. La Tesorería está autorizada por ley para retener parcial o totalmente la devolución de los contribuyentes que presenten deudas por los siguientes conceptos:

Retenciones Judiciales: son órdenes de retención que envían los tribunales de Justicia en contra de un contribuyente por juicios con terceros.

Retenciones Judiciales Previsionales: Son órdenes de retención que envían los tribunales de Cobranza Laboral y previsional, los tribunales laborales o los tribunales de garantía para que se retenga la devolución de impuestos por deudas previsionales.

Retenciones de Crédito Universitario Solidario o con Aval del Estado: Las instituciones de educación superior ordenan a Tesorería la retención del monto de las cuotas del crédito universitario con aval del estado o solidario impagas.

Retenciones de instituciones de Salud: Los hospitales o instituciones de salud envían a la Tesorería la información de las deudas que el contribuyente tiene con el sistema de salud público para que se retenga el valor adeudado de su devolución de impuestos.

Mandatos: corresponde a mandatos establecidos en escritura pública en que un contribuyente le cede a otro su devolución de impuestos.

La reforma previsional obliga desde el año 2012 a los trabajadores independientes a realizar cotizaciones previsionales para pensiones, seguros de accidentes y enfermedades profesionales. En tal sentido, si el contribuyente está obligado a cotizar y no la ha efectuado, y no renunció a que se le descontara para el pago de sus cotizaciones con los montos de las retenciones, se aplica el descuento correspondiente al 100 por ciento de la renta imponible a partir del año comercial 2014.

La voluntad de no cotizar rige sólo hasta la Operación Renta 2015 (declaración de ingresos de 2014). A partir de 2016 la cotización es obligatoria.

Paulina Galecio, encargada de Egresos de Tesorería, indicó que el monto total que se recuperará durante la Operación Renta 2015 asciende a 14.075 millones de pesos.

¿Qué hacer?

Quienes sufrieron una retención pese a tener canceladas sus deudas deben aclarar su situación "directamente en el organismo que las ordenó, ya que una vez que los dineros son retenidos se envían a éstos para cancelar la deuda existente".

Para consultas se puede llamar a la Mesa de Ayuda de la Tesorería (2 2768 9800) o acceder a la página web del organismo, Tesoreria.cl.

Fuente: Cooperativa.cl

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