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Mínimos comunes: gobierno y oposición llegan a acuerdo para ampliar cobertura de apoyos a las Pymes

El texto fue aprobado en la comisión de Hacienda y será analizado hoy por la Sala de la Cámara Alta.

Fuente: DFPublicado el 08 de junio de 2021.

Finalmente y durante la madrugada de hoy, el gobierno y los senadores de la comisión de Hacienda alcanzaron un acuerdo para ampliar el alcance de las medidas de apoyo a las pequeñas y medianas empresas (Pymes) incorporadas en los proyectos que crean bonos de ayuda para el sector y establece medidas de apoyo tributario en medio de la pandemia.

El ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda, llegó a la comisión con una nueva propuesta bajo el brazo, luego de intensas jornadas de negociaciones con los legisladores. La contraoferta considera mejoras en los bonos, cambios en los plazos para aumentar la cobertura, pasando de 330 mil a más de 600 mil Pymes, y un compromiso de modificaciones al Fogape, entre otros puntos.

El acuerdo será analizado a partir de las 10 de la mañana por la Sala de la Cámara Alta.

Bonos

- Se amplía el plazo de inicio de actividades de Mypes que pueden acceder al bono, desde el 31 de diciembre de 2019 al 31 de marzo de 2020.

- Se extiende la opción de haber obtenido ingresos por ventas a dos meses del año 2020 (antes era sólo dos meses del año 2021).

- Se otorga el beneficio a quienes cumplan con los requisitos para acogerse al régimen ProPyme, salvo que sean sociedades de inversión.

- El aumento del bono de 20% corresponderá cuando la persona natural a la que se refiere el Artículo 1 tenga sexo registral femenino, y cuando la titular de la empresa individual de responsabilidad limitada tenga sexo registral femenino. La entrega será más expedita.

- Fija el bono del pago de cotizaciones en un mes la cantidad necesaria para financiar la mayor de las cotizaciones mensuales devengadas entre los meses de enero, febrero o marzo de 2021, respecto de los trabajadores acogidos a la ley de protección del empleo, entre abril 2020 y marzo 2021.

- Reemplaza el artículo 10, que creaba el Fondo de Apoyo y Recuperación de las Pymes, para el financiamiento de los bonos establecidos en la ley, ya que el costo fiscal del nuevo proyecto (US$2.033 millones) es mayor que el fondo propuesto inicialmente (US$ 2.000 millones).

Este nuevo artículo permite que las cotizaciones de los trabajadores de MYPEs suspendidos por Ley de Protección al Empleo sean cubiertas con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, en los términos establecidos por el artículo 25 ter de la Ley de Seguro de Desempleo.

- El nuevo artículo 11 permite a las micro y pequeñas empresas con ventas inferiores a 25.000 UF de rubros más afectados por la pandemia acceder al Bono de Alivio, aun cuando no cumplan el requisito de ingresos por ventas y servicios, ni hayan tenido al menos un trabajador contratado en 2020.

Los rubros especiales afectados por la pandemia provocada por el COVID-19 se definirán vía decreto exento del Ministerio de Hacienda, como máximo al quinto día corrido desde la publicación de la presente ley.

Para tales efectos, se considerarán como rubros especialmente afectados: gastronomía, eventos, cultura, turismo y servicios de turismo, belleza y peluquerías, gimnasios, transportes escolares, jardines infantiles, ventas y mercados en ferias, entre otros servicios.

- Se crea un Registro Nacional de Mipymes a cargo del Ministerio de Economía, de manera tal de incorporar automáticamente a las Mipymes que reciban los beneficios de esta ley.

- Se agregan nuevos artículos para que la Superintendencia de Reemprendimiento cubra los gastos administrativos del procedimiento de liquidación de las MYPES.

Ajustes al Fogape y pago de cotizaciones

- Las empresas con ventas anuales sobre 25 mil UF podrán acceder al Fogape, en la medida que hayan caído sus ventas en al menos un 10%. También, se aumenta el plazo de las garantías a diez años desde los siete actuales y se establece un período de gracia de seis meses para los nuevos créditos. Dichos ajustes comenzarán a regir 6o días después de publicada la ley.

- Se establece un anticipo solidario para el pago de cotizaciones de seguridad social de las Mypes acogidas a la Ley de Protección del Empleo:

El anticipo ascenderá a un máximo equivalente a la totalidad del monto de las cotizaciones declaradas y no pagadas por los empleadores respecto de sus trabajadores suspendidos por ley de protección entre abril 2020 y marzo 2021. Se podrá solicitar por una sola vez ante el SII, dentro de los tres meses siguientes a la publicación de la ley, y será devuelto en cinco cuotas anuales, de un 20% cada una, con un tope equivalente al 10% de su renta líquida imponible de dicho año. Lo que excediera de dicho monto será condonado.

Fuente: DF

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