logo Ciedess

Suprema contradice a Tribunal Constitucional y vuelve a señalar que funcionarios públicos pueden recurrir a la justicia

Máxima instancia judicial ordenó a Municipio a pagar remuneraciones a trabajadora a contrata desvinculada. Pronunciamiento es opuesto a lo manifestado por el TC.

Fuente: Diario FinancieroPublicado el 10 de junio de 2019.

La discusión en torno a los funcionarios públicos pueden recurrir a la justicia por temas laborales volvió a instalarse sobre la mesa en los últimos días.

Si hace unos meses hizo noticia el Tribunal Constitucional por emitir un fallo que dejó sin tutela laboral a los citados trabajadores, lo cual significa -a juicio de la entidad- que no pueden recurrir a instancias judiciales por despidos arbitrarios, discriminación, violación a la libertad de expresión, entre otras causas, debido a que no se regulan bajo las reglas del Código del Trabajo.

Ahora, en fallo unánime la Suprema acogió un recurso de unificación de jurisprudencia y ordenó a la Municipalidad de Valparaíso a pagar las remuneraciones a una trabajadora a contrata desvinculada, "por haberse vulnerado su derecho a no ser discriminada con ocasión de la cesación de sus servicios a contrata", dice el fallo. Replicando una postura que la Suprema ha señalado desde 2014.

El fallo en cuestión, generó debate al interior de los abogados del sector.

"No comparto el pronunciamiento de la Corte Suprema. En esta materia, el Código del Trabajo es tremendamente claro al señalar que sus normas no se aplican a los funcionarios de la Administración del Estado, sea centralizada o descentralizada, ni al Congreso Nacional ni al Poder Judicial. Más allá del fondo del asunto, la ley es imperativa en este punto, y para estimar jurídicamente viable lo que señala la Corte Suprema se requiere una modificación legal al Código del Trabajo. No hay competencia, a mi juicio, de los tribunales laborales para conocer de este tipo de asuntos", planteó Jaime Salinas, director del área laboral en Philippi, Prietocarrizosa, Ferrero DU & Uría.

Una opinión en la misma línea entregó Luis Lizama, director del Departamento de Derecho del Trabajo de la Universidad de Chile, quien agregó que "este fallo lo que hace es ratificar que estamos ante un conflicto sin solución, porque no hay en el sistema jurídico chileno un órgano competente para resolver esta contienda que se presenta. Ambos con las mismas reglas llegan a conclusiones distintas".

Para Salinas existe una forzada interpretación de normas "sobre la base de una supuesta indefensión de los funcionarios públicos que no es tal, al tener éstos la vía del recurso de protección, la nulidad de derecho público y las reclamación directa ante la Contraloría".

A juicio del abogado, lo más complejo del caso, es el impacto en la certeza jurídica que pueden generar las visibles opiniones contrarias entre el TC y la Suprema. "Es pésimo para la certeza jurídica, que debe primar en un estado de derecho, el hecho que exista esta contraposición de opiniones a nivel de este tipo de autoridades. Lo único que genera es incertidumbre y eventualmente, fallos contradictorios, juicios tremendamente dilatados en el tiempo, y una aplicación de justicia lejana al hecho mismo que se busca conocer y eventualmente reparar", acotó Salinas.

Fuente: Diario Financiero

Galería de Imágenes

Categorías asociadas

La Seguridad Social en Chile: Seguridad y Salud en el Trabajo - Empleabilidad