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Aprueban indemnización a todo evento a trabajadores por obra

Comisión de Trabajo del Senado llegó a acuerdo. En tanto, la DT emitió dictamen sobre negociación de los sindicatos interempresas y de las personas con contrato definido.

Fuente: PulsoPublicado el 09 de marzo de 2017.

La Comisión de Trabajo del Senado llegó a acuerdo y tras un largo período de discusión despachó el proyecto que establece el pago de indemnizaciones a los contratos por obra o faena para su análisis en la sala. Después de este paso, el texto deberá volver a la Cámara de Diputados para que se refrenden los cambios propuestos por la Cámara Alta y se convierta en ley.

Tras escuchar a los interesados, los legisladores llegaron a acuerdo en tres puntos sensibles de la iniciativa que se tradujeron en indicaciones de parte del Ejecutivo.

En primer lugar se reconoce el feriado legal o vacaciones de los trabajadores con contratos definidos, por obra o faena, cuando se mantengan en el plazo de un año con un mismo empleador aunque se trasladen entre obras.

En segundo término se establece una indemnización a todo evento cuando se cumpla el plazo del contrato equivalente a 2,5 días por mes trabajado salvo que renuncie o termine por causa de muerte. "Se garantiza este beneficio que es muy importante para que no pierdan el derecho que tienen todos los trabajadores cuando se termina una obra, así se resuelve el tema en una proporción que equivale a la de años de servicio", indicó el senador Hernán Larraín (UDI), integrante de esta instancia legislativa.

Y se aprobó una medida transitoria sobre la vacancia de la nueva ley: la normativa regirá inmediatamente al publicarse y la indemnización tres meses después para los nuevos contratos.

"Conversamos mucho con la Cámara de la Construcción, al final llegamos a acuerdo entre los integrantes de la Comisión en definir el trabajo por obra o faena y reconocerle ciertos beneficios que tienen los trabajadores con contrato indefinido", indicó la presidenta de la Comisión, senadora Adriana Muñoz (PPD).

Dictamen Reforma Laboral

Paralelamente, la Dirección del Trabajo emitió el último de 9 dictámenes comprometidos acerca de las alternativas de negociación colectiva de los sindicatos interempresas, de trabajadores eventuales, de temporada y de obra o faena a contar del 1° de abril cuando empiece a regir la Reforma Laboral.

De acuerdo a la legislación actual no tenían derecho a negociar colectivamente, lo cual se termina con la nueva ley que les reconoce este derecho en una regulación especial de forma reglada o no.

El dictamen señala que las empresas estarán obligadas a negociar bajo la modalidad especial sólo si la obra o faena dura más de 12 meses. El sindicato presentará el proyecto una vez iniciada la obra o faena transitoria representando a las distintas empresas presentes en la obra, las cuales decidirán si negocian en conjunto o separadas.

El o los empleadores deberán responder al proyecto en no más de 5 días de haberlo recibido y con copia a la Inspección del Trabajo dando partida al proceso de negociación colectiva cuyo convenio alcanzará a los afiliados al sindicato y aquellos que se afilien con posterioridad.

Aparte de las materias habituales en estas negociaciones, estos sindicatos podrán negociar pactos de condiciones especiales de trabajo y provisión de puestos de trabajo.

Fuente: Pulso

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