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Súper de Pensiones estudia siete cambios en normativa de inversión

Flexibilizar el límite en activos restringidos es parte de este análisis del regulador.

Fuente: El MercurioPublicado el 17 de mayo de 2016.

Londres fue el lugar que eligió el superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías, para contarle al mercado siete potenciales cambios normativos en materia de inversión de los fondos de pensiones (FP) que hoy están en estudio y son independientes al proyecto de ley que ingresó el Ministerio de Hacienda la semana pasada.

1.- Vehículos de inversión como fondos de deuda.

Se estudia la opción de permitir que vehículos que invierten mayoritariamente en deuda privada no computen en el límite de renta variable, porque compite con títulos de este tipo. Ello desincentiva la inversión en estos instrumentos por su menor retorno.

2.- Inversión indirecta

Hoy la exposición a instrumentos derivados, subyacentes a vehículos de inversión se computa contra límites de instrumento y emisor. Esta medición de la inversión indirecta no necesariamente captura los riesgos, por lo que entre las alternativas estaría utilizar, en vez de la cartera subyacente, los benchmarks de los vehículos de inversión definidos en sus prospectos y respecto a derivados, o no considerarlos a menos que el vehículo los utilice intensivamente.

3.- Inversión no permitida en forma directa

El regulador está estudiando la opción de establecer límites de inversión específicos para la inversión indirecta de los FP, a través de vehículos de inversión, en títulos que no puedan ser adquiridos directamente.

4.- Activos restringidos

El Consejo Técnico de Inversiones ha propuesto estudiar una flexibilización al límite de inversión de los fondos en activos restringidos. Hoy los límites están topados.

5.- Mercados permitidos

Se analiza una flexibilización en la definición de mercado secundario formal, rebajando la clasificación mínima de riesgo vigentes, que hoy permite invertir en países con riesgo soberano igual o superior a AA. Esto deja fuera a mercados como Japón (A) y China (A). Por ello se estudia la opción de bajar un escalón más.

6.- Norma secundaria derivados

Analiza cambios para operaciones con instrumentos derivados que se efectúen con recursos de los FP, como el enterar garantía a los agentes liquidadores cuando no pueda hacerlo directamente a las Cámaras de Compensación extranjeras; y ampliar los activos sobre los que se puede enterar garantías por operaciones con derivados, entre otras.

7.- Norma de política de inversión

Se estudia que exista una política para la asignación de activos entre FP, realizados por traspaso de fondos de los afiliados; junto con mayor injerencia de la auditoría interna de las AFP en control de cumplimiento de políticas de inversión y conflictos de interés.

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